Los próximos días 17 y 25 de septiembre, los vecinos del municipio podrán renovar y expedir por primera vez su DNI o pasaporte sin salir de la localidad gracias a la Unidad Móvil de Documentación de la Policía Nacional, que se ubicará en la Plaza de España, en horario de 9.30 a 13.00 horas el próximo viernes, y de de 9.00 a 14.00 horas las otras dos fechas.
La iniciativa impulsada desde el Ministerio del Interior con la colaboración del Ayuntamiento de Arroyo tiene como objetivo acercar este servicio a la ciudadanía evitando los desplazamientos habituales hasta las distintas comisarías de la capital.
Los interesados tendrán que reservar cita previa a través del teléfono de la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Arroyo (983 407 888) o de manera online a través de la página web del Ayuntamiento, siendo necesario reservar dos citas en caso de querer renovar tanto DNI como pasaporte. La unidad móvil también cuenta con un Puesto de Actualización de Documentación (PAD), que permite renovar tanto certificados como claves del DNI electrónico.
REQUISITOS DNI
En el caso de la renovación del DNI, la Policía Nacional recuerda que los interesados deben llevar su actual Documento Nacional de Identidad, junto con una fotografía actual. Si se va solicitar un nuevo DNI por sustracción, extravío o deterioro, únicamente deberán aportar la denuncia en caso de que se haya formulado.
Para las primeras expediciones del DNI, se necesita la partida literal de nacimiento, el volante de empadronamiento, una fotografía actual y que el menor vaya acompañado del padre o la madre, con su DNI en vigor. También se debe aportar la partida literal de nacimiento si el documento lleva más de diez años caducado y si se varían los datos de filiación.
REQUISITOS PASAPORTE
Para los interesados en la expedición del pasaporte, los requisitos son los siguientes: llevar DNI en vigor del solicitante, una fotografía reciente en color (salvo que haya renovado el DNI hace menos de dos años) y pasaporte anterior (solamente si tiene y aún no ha caducado).
Para la expedición del pasaporte a menores de edad o personas con capacidad judicialmente complementada, deberá constar el consentimiento expreso de quienes tengan atribuido el ejercicio de la patria potestad o tutela (de todas las personas que la tengan atribuida, ambos progenitores como norma general).
En todos los casos, se deberá abonar la tasa correspondiente en el momento de la expedición o renovación del DNI o el pasaporte. Solo están exentos los miembros de familias numerosas, aportando la tarjeta del titular de la expedición.