El Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda abrió el pasado lunes 12 de agosto el plazo para la solicitud mediante vía telemática de las ayudas escolares para el curso 2024/2025, que permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre.
La gran novedad de este cursos es la bonificación de cinco euros que recibirán todas aquellas personas que opten por utilizar la vía telemática, de modo que la cuantía por alumno pasará a ser de 105 €, si se piden por internet.
Además, durante las primeras cuatro semanas de la convocatoria solo se aceptarán las solicitudes que lleguen de manera telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Arroyo, en el apartado de ‘Catálogo de trámites’, por lo que las solicitudes presenciales no se aceptarán hasta el 10 de septiembre.
Libros y material escolar
El objeto de las ayudas sigue siendo el mismo de los últimos años. En el caso del alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil son para la adquisición de material escolar, libros de texto y cuadernos de actividades, mientras que las ayudas de Educación Primaria, Secundaria, PMAR y FP Básica se destinan a la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático. El importe de la ayuda va en función de la documentación justificativa que se presente, fijándose el máximo en 100 euros por alumno, salvo en aquellas solicitudes telemáticas, que se eleva a 105 euros. La justificación se realizará mediante la aportación de facturas que acrediten la adquisición del material escolar en comercios del municipio de Arroyo de la Encomienda, cuya fecha debe estar comprendida entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2024.
La convocatoria exige también que el alumnado beneficiario esté matriculado durante el curso escolar 2024/2025 en centros educativos sostenidos con fondos públicos y que tanto él, como el padre, madre o tutor que solicite la ayuda estén empadronados en Arroyo de la Encomienda.
Sin deudas
El límite de ingresos en el periodo impositivo 2023 es de 42.000 euros, 55.000 en el caso de familias numerosas. Asimismo, el padre y madre, o tutores del alumno que formen parte de la unidad familiar no deberán tener deudas con el Ayuntamiento en periodo ejecutivo, desde el momento de la solicitud hasta la resolución de la convocatoria y pago de la ayuda.